Por Ramón Antonio Veras.
Explicación Previa
Hace unos días, estando en convalecencia recibí la
notificación de un acto de revisión ante el Tribunal Constitucional (TC); y los alegatos que contiene el documento son
tan perversos, malvados y falsos, que por poco regreso a mi estado de gravedad
inicial. Ante tanta indignación, a lo único que atiné fue a publicar el
presente escrito el cual me sirve como una especie de calmante.
I.- La profesión de abogado
1.- Conociendo el medio social nuestro comprendemos
el tortuoso camino que ha tenido
que recorrer un licenciado o
doctor en derecho hasta llegar al ejercicio de su oficio, luego de
transcurrir un largo tiempo para conocer
la fuente de su actividad la cual
descansa en las costumbres, la
doctrina y la jurisprudencia.
2.- A los graduados en la escuela y la facultad de
derecho solo el tiempo les califica como abogados, letrados, jurisconsultos,
juristas, jueces, árbitros o fiscales.
Pero no importa lo que han sido o son; lo que sí hay que tomar en cuenta
es si han mantenido en su ejercicio profesional, aún en los momentos más
difíciles de sus vidas, los principios sobre los cuales debe descansar su
actividad, y han hecho suyo el adagio: “Quien comienza en juventud a bien
obrar, señal es de no errar en senectud”.
3.- El hombre o la mujer del derecho rebaja su obra
o la eleva, con su actitud en la vida profesional, pública y
privada. La forma asumida ante un
hecho va a ser juzgada no por una persona
actuando en función de juez o árbitro, sino por el pueblo, por la
sociedad donde realice sus faenas, que es juez de las actividades humanas;
principalmente en este ambiente, en este medio donde convergen tantos fenómenos
sociales, políticos, económicos.
4.- Los licenciados y doctores en derecho en la
universidad aprenden los principios generales del derecho; les enseñan lo que
son las instituciones, las personas, las
hipotecas, los privilegios en general; los principales contratos, los
procedimientos, etc. Pero en el
ejercicio de la profesión encuentran todo un laboratorio en el cual deberán
analizar fríamente cómo actuar y proceder.
5.- El ejercicio de la profesión de abogado es un
sacerdocio, y para cumplirlo cabalmente se requieren condiciones que muchas
veces no dependen de las aptitudes personales del individuo. El medio influye
de una manera determinante en la conducta del abogado.
6.- La situación concreta de nuestro país, la base
económica y social alrededor de la cual se levanta la estructura legal, muchas
veces asfixia a algunos abogados y abogadas.
Pero aquellos que provienen de un hogar de sólidas costumbres vencen
todas las adversidades, entierran las malas tentaciones, y por encima de sus
necesidades más perentorias ponen los principios de la moral, la honestidad, la
ética y la responsabilidad, no solamente como abogados y abogadas, sino también
como hombres y mujeres de bien.
7.- Lo fundamental es que cada profesional del
derecho haga un aporte al país como hijo
de este pueblo; ¿cómo servirle al país como profesionales? Ejerciendo su profesión con altura, dentro de
los principios de la ética y la honestidad, todo acompañado con espíritu de
sacrificio y con mucha sensibilidad.
8.- Las relaciones del individuo con la sociedad,
la combinación del interés personal y el social ha sido siempre el problema
principal de la moral. Que tienen su
origen en determinados vínculos
jurídicos, económicos y que en cierto sentido son un aspecto de ella,
dejan su impronta en todo el accionar del ser humano, en la forma de su trato
con las demás personas.
9.- Cada época histórica tiene su moral imperante;
corresponde a cada persona sin
compromiso con el pasado, y no comprometida
con lo negativo del presente, levantar los principios sobre los cuales
descansa la moral de los profesionales; la moral de un profesional sin egoísmo,
sin prejuicios, sin apetencias personales desmedidas, en fin, un profesional
digno de una sociedad nueva que descanse
en valores.
10.- ÉL o la profesional del derecho interesada por
alcanzar la decencia debe buscar la
moral no basándose en normas, sino en la existencia social de los seres
humanos; comprender en virtud de qué ceden el puesto a otros principios de comportamiento; descubrir por qué es
inevitable el triunfo de los principios y las reglas de una moral nueva; para
una sociedad nueva, para un profesional
nuevo del derecho.
11.- El pueblo dominicano ha de exigirle el máximo a sus profesionales,
porque si es cierto que el sacrificio de sus padres es meritorio, no es menos
cierto que la contribución del pueblo en general es determinante en su formación, preparación y educación. Las normas morales abarcan la conducta de
las personas no solo en el marco de la vida privada, sino en todo el
comportamiento del individuo respecto a las demás personas y a la sociedad.
II.- La ética del abogado
12.- Es de singular importancia que
cada abogado o abogada vea la
ética como la máxima expresión de la
moral; la forma específica de la
conciencia social y profesional; la
piedra de toque del progreso íntegro del hombre
o la mujer que se pone la
toga, no para hacer de ella el paño con
el cual encubre sus actos negativos, sino la bandera negra que cubre el cuerpo
de los hombres y las mujeres que luchan en los estrados por defender la verdad
aun cuando esa verdad conlleve la puesta de su cuerpo exánime en la tumba.
13.- Los postulados de la moral y la ética han de
ser parte integrante de las convicciones
personales de cada abogado y abogada;
rasgos de su carácter, las normas
que rigen los actos de su vida; la
esencia del comportamiento personal, profesional, público y privado de cada
uno de los principales actores de los
tribunales, y llevadas sus actitudes a la práctica voluntariamente, por costumbre.
14.- Las actos
corruptos, las maniobras extrañas en el ejercicio de la profesión de abogados y
abogadas, tienen que ser eliminadas. El ejemplo de
los profesionales promiscuos no puede ser imitado; muy al contrario, frente a esas censurables
conductas, portadoras de los peores
vicios de la sociedad dominicana, los
abogados y abogadas decentes deben mantenerse
vigilantes, levantando como
modelo de ética y moral a aquellos profesionales del derecho que, como el
licenciado Francisco Porfirio Veras, don Lilo, y Joaquín Ricardo Balaguer, Quinquin, simbolizan y siguen siendo la conciencia
y el ejemplo del abogado y la abogada
que ejerce su profesión honestamente.
15.- Aquellos que argumentando el de que “ya toda
la clientela está repartida entre un grupo de abogados” y que en lo adelante
será muy duro subsistir en nuestro medio, son los mismos que se colocan al
margen de la decencia y de la honestidad para pisotear la ética y la moral
profesional.
16.- Esa es la tesis, poco socorrida por feliz
casualidad, de los que estimulan al ejercicio del tigueraje deshonesto de la
profesión. A esos pronunciamientos hay
que ignorarlos; hay que tomar el ejemplo de los colegas que han resistido todas
las tentaciones mezquinas y se mantienen firmes, teniendo como norte el
ejercicio honesto y honrado.
17.- El abogado o
abogada tiene que revestirse de
un espíritu de sacrificio, y saber que como miembro de la sociedad donde ejerce
su profesión debe servirle no solamente
a aquel que va a su bufete con el “buen
caso” que produce altos honorarios, sino también al desamparado de la fortuna,
pero que defiende una causa justa.
III.- Los profesionales del derecho. El dinero y la ética
18- Los profesionales del derecho no deben desesperarse en su ejercicio por obtener amplios recursos
económicos; el dinero no da talento, capacidad ni méritos. Algunas veces solo
sirve para satisfacer apetencias desmedidas.
19.- La generalidad de las inconductas de los
abogados y abogadas es fruto de su ambición por llegar a tener cosas
materiales utilizando como medio el
ejercicio de la profesión, como si fuera tan difícil obtener dinero en un medio
como el nuestro donde se ha llegado a aplicar el criterio de que todo se vale.
20.- Hacer dinero es tan fácil que hasta con un
susto se logra adquirir esa mercancía, sin tener que permanecer veinte años
estudiando. El que trafica con drogas pasa sustos, pero no ha requerido estudios, sacrificios ni talento para hacer
dinero.
21.- La profesión de abogado no es para hacer
riquezas, sino para aportar un servicio a la sociedad donde se ejerce; ella da
prestigio y permite una vida digna y decente; aquel abogado o abogada que se
desespera y persigue obtener dinero sin
importar los medios, termina mal, renegando de la ética y la moral profesional
22.- Conocemos colegas sumamente inteligentes,
laboriosos, organizados, y con su ejercicio profesional han hecho una gran
fortuna económica, pero poniendo sus buenas cualidades profesionales para hacer dinero a la carrera, vulnerando la
decencia y la ética profesional.
23.- Los abogados y abogadas de Santiago
tienen hoy hombres y mujeres de la toga
y el birrete que pueden servirles de ejemplo de buen comportamiento a la
presente y futuras generaciones; ellos han sido y son ejemplos de superación,
progreso y modelo de conducta en el ejercicio de su profesión.
24.- Si ayer Santiago contó en su matrícula de
abogados y abogadas con colegas como
Manuel Ramón Cruz Díaz -Moncito-, Miguel Olavarrieta, Pedro Antonio Lora
-Toñito-, Marcos A. Cabral, Ramón García
Gómez, y otros; hoy también en nuestro medio hay jóvenes, y no tan jóvenes,
paradigmas de buena conducta
profesional.
25.- Debo destacar, además, que la generalidad de
los magistrados y magistradas que componen el Departamento Judicial de
Santiago, hoy han continuado honrando con su forma de proceder el mérito histórico que ha tenido esta ciudad de contar
con funcionarios judiciales que, aun en el peor momento de descrédito del
Servicio Judicial en el país, cuando el presidente de turno, doctor Joaquín
Balaguer, llegó a decir “que la justicia
era un mercado”, que se vendía, la de Santiago se veía como una flor blanca en
un pantano.
26.- Los jóvenes abogados y abogadas del país,
deben ejercer con decencia, honradez, dignidad, lealtad y decoro; y por muy
difícil que sea un litigio, jamás deben recurrir a la trampa, a las operaciones
fraudulentas para engañar a la justicia, burlar la ley y también herir la
mediana inteligencia de sus colegas.
27.- El
profesional no puede ser medio
serio; serio intermedio, serio mediano, o serio incompleto; debe ser, pura y simplemente, íntegro, honrado, probo; de una conducta y ética intachable reconocida
por sus colegas y la sociedad en
general.
Santiago de los Caballeros,
19 de diciembre de 2018.