Panel organizado por la Fundación Vanessa con el tema: “Código
Procesal Penal diez años después: Luces y Sombras”
Expositores:
Licenciados José Lorenzo Fermín M., y Yeni Berenice
Reynoso
Exponente comentarista
Ramón
Antonio Veras
Fecha
6 de
noviembre de 2014
Lugar
Centro
León, Santiago
La Fundación Vanessa, por órgano de su
presidente y secretario, doctor Juan Ramírez y el licenciado Navi de Jesús
Lantigua, respectivamente, me ha invitado
a participar como expositor comentarista en el panel con el tema “Código Procesal Penal, diez años después: Luces y Sombras”, con la
participación de los licenciados Yeni
Berenice Reynoso y Lorenzo Fermín.
Para
mi resulta de gran satisfacción hacer
acto de presencia en un encuentro en el cual
intervienen dos brillantes juristas como lo son Yeni Berenice Reynoso y
Lorenzo Fermín, quienes por su capacidad y dominio de las ciencias jurídicas
ocupan un lugar muy especial en el foro nacional.
El licenciado José Lorenzo Fermín M., ha abordado el tema “Seguridad ciudadana: Más allá de la
reforma del Código Procesal Penal”, el cual
está dividido en doce (12) puntos, los cuales me permito comentar a
continuación.
1.- La Seguridad Ciudadana: Problema grave que pica y se
extiende
En
su exposición, el licenciado Lorenzo Fermín, demostrando que tiene su reloj en
hora en lo que se refiere a la realidad nacional dominicana, ha abordado un tema que, como el de la
seguridad ciudadana, ocupa en estos momentos un espacio muy significativo en la conciencia nacional.
Real
y efectivamente, la seguridad ciudadana preocupa no solamente a amplios sectores de nuestro país, sino
también de toda América Latina y el Caribe.
Precisamente,
para iniciar y fundamentar su intervención, el expositor Lorenzo Fermín, hace uso de un estudio pormenorizado realizado recientemente por Las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),
sobre la seguridad ciudadana en América Latina, con el título:
“Seguridad Ciudadana con rostro humano: diagnóstico y
propuesta para América Latina”.
Para
puntualizar la inquietud generada por la seguridad ciudadana, el licenciado Fermín, destaca:
“…el
tema de la seguridad ciudadana no debe observarse hoy como un asunto que sólo
importa a policías, fiscales y jueces. Por el contrario, es un tema neurálgico
para el desarrollo, la convivencia, la dignidad de todos y, más aún, - hasta
para la supervivencia misma del sistema democrático -. Y, como tal, debe
generar de manera proactiva el interés de todos, en procura de crear una cabal
y correcta conciencia de su gravedad; pero, al mismo tiempo, incitar la acción, de la mejor forma posible,
en procura de, por lo menos, remediarlo”.
2.-
¿Es el Código Procesal Penal el problema o el chivo expiatorio?
No
escapa a la inteligencia de Lorenzo
Fermín, el hecho de que son reiteradas las opiniones de que la situación de inseguridad que vive hoy el país está
asociada a la vigencia del Código Procesal Penal; y para desmentir tales creencias, en su exposición él, y con el título: ¿En el Código Procesal Penal el problema o
el chivo expiatorio?, dice:
“…cabe
destacar que una de las conclusiones principales a que llegó la completa y
rigurosa investigación realizada por el PNUD, antes mencionada, es que: “… Como
ha demostrado este informe, las amenazas a la seguridad están asociadas a
múltiples factores que tienen que ver con las condiciones socioeconómicas, las
deficiencias institucionales y la presencia de facilitadores del delito”.
Para
coronar su razonamiento, el licenciado Fermín
trae a colación procesos
judiciales de relevancia que, según él,
son íconos de nuestra sociedad:
“…
como lo han sido los casos de fraudes bancarios ventilados en el intervalo
aproximado 2006-2008: El Paya; Renove; el de Miguelina Llaverías; el de Vanessa
Ramírez; Jordi Veras, etc. Lo anterior prueba que cuando hay voluntad para
hacerlo y pruebas que lo sustentan, la existencia del citado código no ha sido
un obstáculo para lograr que se haga justicia, con apego al debido proceso”.
3.- Lo que se ve, pero no se dice del tema: la
disfuncionalidad del Estado
El
licenciado Fermín, para demostrar que lo que genera la inseguridad ciudadana no
es la presencia del Código Procesal Penal, sino otros factores, entre los que resalta la disfuncionalidad del Estado, explica lo
siguiente:
“Obviamente,
esta situación no se le suele explicar a la parte importante de nuestra
población, que, aunque errada, con la mejor buena fe en la mayoría de las
veces, otras, inducidas por una campaña mediática de muy cuestionable
calificación ética y profesional, identifica que la causa real de sus
padecimientos de inseguridad ciudadana proviene del Código Procesal Penal”.
“…el
fenómeno del delito y la violencia responde a una pluralidad de causas
entrelazadas, sociales, económicas y culturales, y que este complejo problema
se origina también por graves disfuncionalidades del Estado a nivel
institucional”.
Para
afianzar su idea, el expositor Fermín se hace la pregunta
“…¿Ha
garantizado el Estado dominicano, a través de nuestros pasados y actuales
gobernantes, estos presupuestos mínimos para una respetuosa y eficaz
investigación, acusación, juicio y ejecución de lo juzgado? Entendemos que no,
por las puntuales explicaciones que se recogen en las líneas que siguen”.
Profundizando
la infuncionalidad estatal para enfrentar
el delito en nuestro medio social, el licenciado Fermín, destaca los siguientes puntos a tomar en
consideración para explicar la presencia del delincuente en nuestro medio
social, y señala: “debemos considerar el
cuadro fáctico siguiente;
·
“…Cómo
podrá el Poder público encargado de manejar el arbitraje de los principales
conflictos sociales que se suscitan en esta sociedad, cumplir su misión
efectivamente, cuando recibe un presupuesto para este año de apenas RD$5,222.2
millones, es decir, un 0.2% del PIB”.
·
Por
igual, cómo lograr una mejoría sustancial en el combate del problema de la
inseguridad ciudadana, cuando en este mismo contexto, actores claves para su
reducción, como el Ministerio Público, manifiestan niveles de insatisfacción
salarial tan elevados, mediante reclamos públicos, nunca antes vistos. ..”
·
Y
qué decir, de cómo opera y funciona la Policía Nacional. Qué se puede esperar
de un cuerpo en donde la mayoría de sus integrantes ganan salarios que oscilan
entre RD$7,000.00 y RD$13,000.00 y carecen de los servicios mínimos de
seguridad social, por ende, de la dignidad humana debida…”.
4.- ¿Qué hacer, sin ser mago ni aprendiz de demagogo?
Afianzando
su idea de la incidencia de factores económicos y sociales en la inseguridad
ciudadana, el licenciado Fermín dice:
“Sin
lugar a dudas, por las razones expuestas, lo primero que se impone destacar es
que la erradicación de los problemas de inseguridad ciudadana no se producirá.
Ningún sistema ha sido capaz de lograrlo, por escapar este problema a
cuestiones meramente jurídicas. De ahí que no hay milagros o recetas en esta
materia”.
5.- ¿Qué
hacer sin tocar siquiera los pétalos del Código Procesal Penal?
¡Sin
conciencia social del problema no hay na’!
El licenciado Lorenzo Fermín, consciente de que los fenómenos sociales, entre ellos la
delincuencia, no tienen solución al margen de la intervención de las distintas
clases, capas y sectores de la sociedad, expone la siguiente idea:
“Inequívocamente,
hasta tanto la ciudadanía y la sociedad en su conjunto, no adquieran real
conciencia de la gravedad y afectación
que entraña para todos el problema de la inseguridad ciudadana, y, por ende, se
empodere del mismo, es muy poco probable que cualquier otra iniciativa, de esta
u otra naturaleza que se adopte al respecto, tenga algún éxito”.
Es
una verdad de a puño lo que dice el
licenciado Lorenzo Fermín, en el párrafo
que transcribimos a continuación:
“Recordemos
que la seguridad ciudadana es un bien público de todos, no es un asunto sólo de
fiscales, policías, jueces y abogados. Ni siquiera de víctimas y victimarios.
Sin duda, esta actividad organizada por la Fundación Vanessa se inscribe muy
bien dentro del propósito de que asumamos proactivamente esa realidad”.
6.- ¡Tiempos de propuestas!
Lorenzo
Fermín, al desarrollar sus ideas en torno a la seguridad ciudadana no quiere quedarse en el aire, y es por lo que
en su exposición señala una serie de
propuestas, entre las que se destacan:
·
Propiciar
campañas públicas, al estilo de la promovida en aras del 4 % para la educación; ahora en procura
de un mejor presupuesto para el Poder
Judicial y la Procuraduría General de la República…
·
Crear
un observatorio ciudadano sobre todo lo relativo al tema de la seguridad
ciudadana; que dentro de sus atribuciones audite o supervise, de manera
permanente, por ejemplo, las tareas de los actores del sistema de justicia
penal;
·
Se
asuma de manera planificada, concertada y permanente estrategias dirigidas para
obtener el imperio de la ley y la lucha eficaz contra todo tipo de impunidad.
Esto necesariamente implica organizar toda una red nacional de instituciones y
personas de la sociedad civil comprometidas con este proceso, etc.
7.- ¡Hora de hacer lo que nunca se ha hecho: políticas
públicas serias!
Parafraseando
al ciudadano presidente licenciado Danilo Medina, en el sentido de hacer lo que
nunca se ha hecho, el expositor da una respuesta muy sencilla: políticas públicas
serias, y a seguidas escribe:
·
“Producir
una mejora sustancial en el presupuesto para el Poder Judicial y la Procuraduría General de la República;”
·
“
Realizar un diagnóstico ampliado del problema, con la contratación de expertos
internacionales independientes, para examinar los resultados que han arrojado
las políticas públicas al respecto llevadas a cabo hasta la fecha; y, a partir
de estos resultados, trazar un plan integral que aborde esta problemática de
manera de esta forma también, a diferencia
de su tradicional manejo”
·
“Propiciar
la necesaria reforma policial. Desde hace décadas este cuerpo amerita una
profunda e inteligente reforma para prevenir y contribuir a enfrentar eficaz y
correctamente la delincuencia que nos azota. Esta reforma debe tener como
objetivo medular propiciar que esta institución opere con mayores niveles de
profesionalidad y tecnificación, con mejores estándares de carrera
administrativa, seguridad social y económica; para sus miembros; mayor apego a
la ética y legitimidad frente a la
población “.
·
“Adoptar
desde el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional, un nuevo
esquema de gestión y auditoría para medir de manera científica y transparente
el desempeño de sus miembros”.
8.- El relajo de los aplazamientos dilatorios y la
burocracia judicial degrada el sistema y debe enfrentarse
Personalmente,
con relación a este punto, puedo decir: Esto
hay que vivirlo.
Para
que no se diga que estoy respirando por la herida, no voy
a ser ningún comentario en torno
a este punto que, al igual que yo, en carne propia lo ha vivido en el ejercicio
de la profesión el licenciado Lorenzo
Fermín.
Me
limito a transcribir el sentir del licenciado Fermín con relación a relajo de
los aplazamientos dilatorios y la burocracia judicial:
·
“Si
hay una realidad que ha erosionado con sobrada razón la credibilidad pública y
la legitimidad del sistema de justicia penal y, en especial, el Código Procesal
Penal, es la que a continuación se aborda. Nos referimos, de una parte, al
ejercicio abusivo del derecho de defensa a que ciertos imputados suelen
recurrir en los procesos para retrasar su curso ordinario a través del
mecanismo de la sustitución reiterada de defensores u otras causales de similar
tipo. A todas luces estas son tácticas dilatorias o propias de una conducta
temeraria de litigación”.
·
“Este
drama se ha puesto en evidencia hasta la saciedad, en casos judiciales
emblemáticos de nuestra justicia, como lo fue en su momento el de Vanessa
Ramírez, Miguelina LLaverías, Jordi Veras,
entre otros, no menos relevantes. En cuyos procesos se han provocado por esta
anómala situación, decenas de aplazamientos, con los consabidos perjuicios que
esto suele originar, no solo para las víctimas de los mismos, pues les revictimiza
en grado extremo, sino también para los testigos y el sistema de justicia
penal, al encarecer sus costos y afectar su autoridad y eficacia, entre otros
males que estos vicios procesales acarrean”.
·
“Por consiguiente, para contrarrestar estos problemas,
se hace innecesario introducir cualquier reforma a los textos que
contemplan esta situación en el citado código. Basta, por el contrario, en
hacer algo mucho más simple. Por ejemplo, que la Suprema Corte de Justicia y el
Consejo del Poder Judicial, identificando la contundencia y el alcance de esta
problemática, propicien desde la Escuela de la Magistratura o cualquier otro
espacio institucional factible del Poder Judicial, un profundo y productivo
debate con los jueces acerca de esta engorrosa pesadilla, en aras de lograr su
mejor solución”.
·
“Otro
de los problemas que irrita, con razón, a los usuarios del sistema de justicia
penal y, por consiguiente, contribuye en su proceso de desestimación general,
tiene que ver con el imperio de la burocracia que aún rige en ciertas prácticas
de los tribunales y despachos judiciales”.
·
“Nos
referimos ahora a la mora que aún no se ha erradicado del sistema que provoca la ocurrencia de aplazamientos de los
procesos o juicios con tres y hasta cuatro meses entre una causa y otra. Por
igual, conlleva que la tramitación de recursos o gestiones relativas a la
marcha de los casos, demore varios meses en los despachos organizados para
tales fines, pendientes injustificadamente de conclusión”.
·
“Lo
propio hay que decir sobre los problemas que suele provocar en el sistema la
frecuente sustitución de jueces titulares por interinos; ni decir de la precaria y poco
transparente información estadística de los casos que hay en el Poder Judicial,
que impide medir el eficiente desempeño del quehacer judicial. Así como, ya en
litoral del ministerio público, los problemas que suele originar para el ritmo
ordinario de los procesos, por ejemplo, la falta de traslados de los internos a
los tribunales, por falta de transporte”.
9.- Los índices de rebeldes: una bola de nieve que urge
enfrentar
El
permanente ejercicio de la profesión de abogado, le ha permitido al licenciado Lorenzo Fermín, abordar con conocimiento de causa cualquier
tema relacionado con la práctica del
oficio de abogado al que se ha dedicado
con entereza y responsabilidad profesional; de ahí que él tiene calidad
para conocer las interioridades y debilidades que se mueven, particularmente, alrededor del Código Procesal Penal.
Al
referirse a la situación de los rebeldes, además de destacar que se
ha convertido en una bola de nieve que
urge enfrentar, él destaca:
“Conspira,
por igual, en contra del sistema de justicia penal y la legitimidad del citado
código, el número de imputados en estatus actual de rebeldía. Sólo en este
Distrito Judicial, en el 2013, se registraron 661 rebeldes y actualmente, en
este año hasta el 31 de octubre, se han registrado 318. Dado que la
declaratoria de rebeldía impide la celebración de la audiencia preliminar o el
juicio, por expreso mandato del artículo 101 del mencionado código, sin duda,
que esto en el contexto expuesto, se convierte en una modalidad expedita de impunidad y
caricatura al derecho que tiene la víctima o el acusador a recibir una tutela judicial efectiva”.
De
entrada, se nos ocurre, que se pueden adoptar tres iniciativas:
·
“Revisar
y mejorar la base de datos o garantías requeridas para hacerse merecedor de una
medida de coerción de este tipo”;
·
“Revisar
y mejorar los niveles de eficacia de la unidad de captura de rebeldes existente
en el Ministerio Público”;
·
“Diseñar
y promover ambas entidades públicas, vinculadas al problema, alguna campaña
pública en donde se deje claro las consecuencias que puede entrañar la
declaratoria de rebeldía de algún imputado”.
10.- Las víctimas y testigos vulnerables deben tener quien
les ampare y les proteja, aunque no les escriban
Al
hacer mención a dos actores en el Proceso Penal, las víctimas y los testigos, el expositor Fermín, en forma de lamento dice:
“Durante
estos 10 años de vigencia del referido código se han hecho ostensible dos lacerantes realidades que
afectan a dos sujetos claves de todo proceso penal, léase, las víctimas y los
testigos”.
Como
solución, Fermín sugiere:
·
“Se
hace perentorio la aprobación de una ley de protección efectiva a las víctimas
y testigos de casos vulnerables, como ocurre en la mayoría de legislaciones
comparadas modernas;”
·
“En
similar contexto, se hace impostergable garantizarles una defensa pública a las
víctimas vulnerables. Constituye una enorme iniquidad, que mientras al imputado
se le garantiza una defensa pública con innegable calificación técnica, a las
víctimas vulnerables, léase, pobres de solemnidad, se les deje a su suerte
desprotegida, lo que equivale, a una negativa del derecho que le asiste a
recibir del Estado una tutela judicial efectiva”.
11.- Nuestra puntual propuesta de reforma al Código
Procesal Penal
En
su doble condición de abogado en ejercicio y profesor, el licenciado Lorenzo Fermín, tiene calidad para hacer atinadas sugerencias que puedan enriquecer , mejorar,
o en todo caso hacer más efectivo y práctico el Código Procesal Penal. En
ese orden él destaca:
No
me opongo a que dentro del señalado enfoque integral de la problemática de la
seguridad ciudadana, por el cual he abogado en este trabajo, se revisen las
experiencias arrojadas en los 10 años de vigencia del citado código. Y, a
partir de ahí, se propicie alguna reforma a su texto.
Empero,
soy de los que entienden que esta reforma debe hacerse de manera inteligente y
racional; teniendo siempre muy en consideración las limitaciones que como tal
supone esta iniciativa legislativa de cara a prevenir y remediar eficazmente la
inseguridad ciudadana de este tiempo.
No
obstante, a la luz de lo antes expuesto, la praxis en este lapso de vigencia
del citado código, y lo que ha sido nuestra modesta experiencia de ejercicio en
esta materia, me atrevo a sugerir puntualmente la siguiente enmienda al
indicado código.
12.- Las declaraciones del imputado en la fase
preparatoria, con todas las garantías, no pueden ser letra muerta.
Estoy
absolutamente de acuerdo del valor que
ha de tener y merecer para los
jueces las declaraciones del imputado
cuando han estado rodeadas de todas las garantías; en ese sentido, suscribo en todas sus partes las ideas expuestas a continuación
por el licenciado Lorenzo Fermín, en el sentido de que:
·
“En
este marco, sugiero contemplar expresamente en su artículo 103 que la
declaración que pueda hacer el imputado en la fase preparatoria del proceso,
conforme se dispone en este texto, podrá ser incorporada luego en el juicio por
su lectura, según lo estipula su artículo 312. Con esta previsión se subsanaría
una amplia controversia jurisprudencial y doctrinal que existe al respecto; y
que, obviamente, afecta a todo el sistema de justicia penal, por el nivel de
incertidumbre que acarrea en cuanto a un tema tan importante para el proceso
como este”.
El licenciado Lorenzo Fermín, para que conste
su idea de que para él no todo está escrito y terminado en el Código Procesal Penal, o en una reforma
futura al mismo, finaliza su brillante exposición con el siguiente razonamiento:
“Puesto
que, en definitiva, cifrar en la reforma al Código Procesal Penal la panacea
mágica a la criminalidad que nos golpea, constituiría sin duda, un tiempo
perdido y uno de los tantos ejercicios demagógicos a que nuestra clase política
dirigente nos tiene acostumbrados en los últimos años y al que debemos
inexorablemente superar, por el bien del presente y futuro de nuestros hijos y
nietos”.
“En
definitiva, debemos estar conscientes que no hay una fórmula mágica y única
para resolver el problema de la inseguridad ciudadana que hoy nos afecta, pero
este sí tiene remedio y depende solo de ti, de mí, en fin, de todos”.
Sencillamente
como brillante, edificante y analítica debemos de aceptar y considerar la exposición hecha por el licenciado José
Lorenzo Fermín M.
Habiendo
hecho el comentario con relación a lo expuesto por el licenciado Lorenzo Fermín
M., a continuación procedo a hacer lo mismo entorno al trabajo desarrollado por la
magistrada, licenciada Yeni Berenice Reynoso.
LA EXPOSICIÓN DE LA
MAGISTRADA YENI BERENICE REYNOSO
Haciendo uso de su
capacidad, y la práctica de varios años
desempeñando la función de Ministerio Público, la licenciada Yeni
Berenice Reynoso, ha hecho una exposición certera, objetiva y apegada a la realidad de lo que fue, en su
oportunidad, el Código de Procedimiento Criminal, y lo que es ahora el Código Procesal Penal.
Como una forma de
edificar con el desarrollo de su exposición,
la magistrada Yeni Berenice Reynoso dio inicio
a su intervención con un breve
análisis del panorama en el sistema de justicia penal antes de la implementación
del Código Procesal Penal; lo que implicó la reforma y la deficiencia en su total implementación.
Conforme el
criterio de la magistrada Berenice Reynoso, a la luz de la realidad de hoy, la
forma como se presenta en la práctica el
Código Procesal Penal, ella desarrolla y
toma en consideración los siguientes puntos:
a.
Mora Judicial
b.
Falta de credibilidad en el sistema de justicia penal
c.
Ausencia de gestión
d.
Ausencia de tecnología en el sistema de justicia
e.
No hay capacidad de generar decisiones en plazos
razonables
f.
La torturas de las victimas en los procesos
g.
Las investigaciones necesitan mayor tecnificación
h.
El avance del sistema está estancado.
i.
Que cuota de responsabilidad tenemos los actores del
sistema… la situación actual es culpa del Código Procesal Penal o
multifactorial?
No hay que hacer
mucho esfuerzo para comprender las
inquietudes planteadas por la magistrada Yeni Berenice; ella habla con conocimiento de causa cuando se
refiere a la Mora Judicial, algo que
preocupa a los diferentes actores que se
mueven alrededor del proceso penal.
Hacer mención de la
falta de credibilidad en el sistema
judicial penal del país, con palabras
salidas de la garganta de quien
ha manejado muchos de los más
importantes asuntos penales del país en los últimos años, demuestra en la exponente
sinceridad, honestidad y valentía, lo que debe llamar
a reflexión a lo mejor y más sano
de la sociedad dominicana.
Es de suponer las
dificultades que ha encontrado de por
medio la licenciada Yeni Berenice, en el desempeño de sus funciones como máximo representante del Ministerio Público en Santiago y en la
ciudad capital, para referirse a la ausencia de gestión, y de tecnología en el órgano judicial penal.
Razones de mucho peso ha de tener la exponente Yeni Berenice, para con signo de pesar referirse a la ausencia de capacidad para generar decisiones en plazos razonables.
Debo reconocer que,
personalmente, de la exposición de la magistrada Yeni Berenice
Reynoso, uno de los puntos que más me ha
hecho recordar las distintas audiencias
del caso de mi hijo Jordi, es el que se
refiere a las torturas de las víctimas en los procesos.
Mucha autoridad y
calidad, por las experiencias acumuladas en el ejercicio de sus funciones como
Ministerio Público, tiene la exponente
Yeni Berenice, para diez años después de la vigencia del Código Procesal Penal,
decir
que las investigaciones necesitan mayor tecnificación y que el avance
del sistema está estancado.
En un medio social
como el nuestro, en el cual abundan
los simuladores, timoratos,
flojos y oportunistas, solamente
una mujer con la capacidad, el temple y
la franqueza de la magistrada Yeni
Berenice, puede hablar de la cuota de responsabilidad que tienen los actores del sistema de las deficiencias
del Código Procesal Penal, y formularse la pregunta de si la situación actual es culpa del Código
Procesal Penal o multifactorial.
La magistrada Yeni
Berenice, al igual que su predecesor, el
licenciado Lorenzo Fermín, no se contenta con hacer críticas al Código Procesal
Penal, y al sistema en sentido general, sino
que elabora una serie de ideas para que, en forma de sugerencias, sean
tomadas en consideración; y es así
que al momento de hacerse la pregunta de qué podemos hacer, de inmediato responde: A.- Tener una política criminal integral; B.-
Relanzar el sistema de justicia, y, C.- Sacar
las reformas pendientes: Código Procesal
Penal, Código Penal, Ley Anticorrupción, Ley de Extinción de dominio.
En forma muy
particular y puntual, a la pregunta de qué podemos hacer, la magistrada Yeni Berenice, en lo relativo al Código Procesal Penal,
propone los siguientes puntos:
·
Sistema de consecuencia al incumplimiento
injustificado de los plazos.
·
Crear la defensoría de las víctimas
·
Crear Sistema protección integral a las víctimas y
testigos
·
Extender los plazos para los casos de criminalidad
organizada
·
Establecer los antecedentes como criterios para
imponer la medidas de coerción y las penas
·
Ampliar los plazos de las ordenes de allanamientos e
interceptaciones
·
Que los allanamientos y las interceptaciones sean
contra la personas y no contra un inmueble o un número de teléfono, para
permitir igual que en Inglaterra allanar todos los domicilios que tenga una
persona con una sola orden
No podía quedar fuera de la exposición de la magistrada Yeni Berenice Reynoso, lo relacionado con un fenómeno social que hoy golpea, inquieta, preocupa y asquea en lo más profundo a los
mejores hombres y mujeres de bien del país: el de la corrupción.
Con palabras
llanas, con la franqueza que le caracteriza, Yeni Berenice, se refiere a la necesidad de
una ley anticorrupción, que haría más efectiva la lucha contra esa lacra que como una lepra arropa hoy a la sociedad
dominicana.
Debo destacar la forma detallada como ha desarrollado esta
noche, la licenciada Yeni Berenice, el asunto relacionado con el nuevo orden mundial, la
tecnología y el crimen organizado, así
como de las nuevas figuras de criminalidad -el
sicariato y el autor intelectual- acciones delincuenciales que, según la
exponente, deben ser incorporadas en una próxima reforma al Código Penal
dominicano.
La licenciada Yeni Berenice, concluye su exposición haciendo mención de la necesidad de una
ley de extinción de dominio que, a su
entender, permitiría hacerle procesos a
los bienes, no a las personas, y
permitiría llevar los procesos incluso sin presencia de imputado.
Luego de escuchar las exposiciones sin
desperdicios de los licenciados Lorenzo
Fermín y Yeni Berenice, sólo me resta felicitar a la Fundación Vanessa, por la escogencia de los expositores y por su preocupación para contribuir a
edificar al pueblo dominicano mediante los edificantes aportes de dos profesionales que prestigian a los hombres y mujeres de la
toga y el birrete de nuestro país.
Ramón Antonio Veras
Santiago de los Caballeros,
6 de noviembre de 2014.